La oferta de información y estadísticas disponible a nivel nacional, estatal y municipal no es suficientemente conocida por los productores, empresas, e inclusive por algunas instancias importantes de decisión, por lo que es importante instrumentar un conjunto de acciones tendentes a publicitarla aprovechando los diferentes medios para ello.
Como respuesta a estos problemas detectados, el 7 de diciembre de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable , reglamentaria de la fracción XX del Artículo 27 Constitucional y de observancia general en toda la República. Esta ley establece que a través de una comisión intersecretarial se integre el Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable (SNIDRUS), otorgándole a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), a través del Servicio de Información y Estadística Agroalimentaria y Pesquera (SIAP) la responsabilidad de promover y coordinar su implementación.
Para lograr lo anterior se requirió de un esquema de coordinación y marco normativo entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de los Gobiernos Estatales que participan en este programa.
Estas acciones tienen su fundamento legal de la siguiente manera:
Dependencia y Lineamientos |
Responsable |
Descripción |
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal artículo 35 fracción V |
SAGARPA |
Procesar y difundir la información estadística y geográfica referente a la oferta y la demanda de productos relacionados con la actividad del sector rural. |
SAGARPA artículo 55 de fracción II del Reglamento Interior |
SIAP |
Diseñar y coordinar con la participación que corresponda a las demás unidades administrativas de la Secretaría, la operación del Sistema Nacional de Información del Sector Agroalimentario y Pesquero, conforme a las disposiciones de la Ley de información Estadística y Geográfica, y su Reglamento. |
OBJETIVO
El objetivo del Sistema Nacional de Información para el Desarrollo Rural Sustentable SNIDRUS , es proveer a los productores agropecuarios, pesqueros, agroindustriales y agentes económicos que participan en las cadenas agroalimentarias, de información confiable y oportuna para la toma de decisiones que contribuya al desarrollo rural sustentable.
IMPLEMENTACION
En este sentido, el SNIDRUS se implementó en dos niveles:
Nivel Federal / Normatividad y Evaluación. A través del propio Comité Técnico de Estadística y de Información Geográfica para el Desarrollo Rural Sustentable, en el cual el INEGI y la SAGARPA, fungen como Secretario Técnico de Normas y Secretario Ejecutivo, respectivamente.
Nivel Estatal / Operación. A través de los comités Estatales de Información Estadística y Geográfica para el Desarrollo Rural Sustentable (CEIEGDRUS) y las Oficinas Estatales de Información para el Desarrollo Rural Sustentable (OEIDRUS), actuando los CEIEGDRUS como Consejos Técnicos de las OEIDRUS.
Estas oficinas tienen como objetivo que los Gobiernos Estatales sean los responsables de sus sistemas estatales en las fases de determinación de requerimientos, así como en la generación, análisis, procesamiento y difusión a nivel estatal, respetando la normatividad, estandarización y evaluación del INEGI y SIAP, eliminando la confusión de cifras, la duplicación de esfuerzos y optimizando los recursos Federal y Estatal.
La implementación y funcionamiento de las OEIDRUS quedó materializada con los convenios de concertación entre el SIAP y la Asociación Mexicana de Secretarios de Desarrollo Agropecuario A. C. (AMSDA). |